Nuevos Decretos Redefinen la Importación de Equipos para los Sectores Energético y Minero en Argentina
El Gobierno argentino ha emitido los decretos 482 y 483, reformulando las normas de importación de bienes de capital para proyectos de energía y minería que operan fuera
El panorama regulatorio para la importación de bienes de capital en los sectores energético y minero de Argentina ha sido recientemente modificado por la publicación de dos decretos clave del Gobierno nacional. Los Decretos 482/2026 y 483/2026, firmados por el presidente Javier Milei, el portavoz Manuel Adorni y el ministro Luis Caputo, introducen cambios significativos que impactan directamente a proyectos y empresas que operan fuera del marco del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). Estas nuevas normativas buscan ajustar y flexibilizar el ingreso de maquinaria y equipos esenciales para el desarrollo de la infraestructura productiva del país.
El Decreto 483/2026 reforma el Régimen de Importación de Líneas de Producción Usadas, ampliando su alcance y definición. Por primera vez, este decreto incorpora de manera explícita la generación de energía eléctrica como uno de los destinos elegibles para estas importaciones, abriendo nuevas posibilidades para el sector eléctrico. Además, redefine la "línea de producción usada" al eliminar la exigencia de que su componente principal sea usado, permitiendo que estas líneas se completen con bienes nuevos o usados, sean estos importados o de fabricación nacional. Esta flexibilización apunta a facilitar la repotenciación de plantas existentes y la autogeneración en complejos industriales.
Por su parte, el Decreto 482/2026 se enfoca en el sector minero, sustituyendo la reglamentación de la Ley 24.196 de inversiones mineras, una normativa que databa de 1993. Mientras que los grandes proyectos de Vaca Muerta y la minería que ya se han adherido al RIGI disfrutan de beneficios como estabilidad fiscal y aduanera por 30 años, libre disponibilidad de divisas y exención de aranceles de importación, estos nuevos decretos apuntan a un segmento diferente. La distinción clave reside en el umbral del RIGI, que beneficia a desarrollos de gran envergadura como la reciente adhesión de Chevron por 13.800 millones de dólares.
La franja de la industria que será directamente impactada por los decretos 482 y 483 es considerable y diversa. Incluye desde ampliaciones de plantas energéticas existentes, proyectos de repotenciación de generación térmica, y esquemas de autogeneración en sitios industriales y mineros, hasta la vasta red de proveedores que abastecen a los grandes proyectos pero que, por sí mismos, no son beneficiarios directos del RIGI. Al reencuadrar la importación de bienes de capital para este segmento, el gobierno busca estimular la inversión y el desarrollo en un amplio abanico de actores del sector energético y minero, complementando así el esquema de grandes inversiones.