Represas del Comahue: Río Negro define canon por uso del agua y recalcula regalías para concesiones hidroeléctricas

La Legislatura de Río Negro avanza con un proyecto de ley que define el cobro de un canon del 1% sobre la facturación al Mercado Eléctrico Mayorista por el uso del agua e

La Legislatura de Río Negro se encuentra en una etapa decisiva con el tratamiento de un proyecto de ley que busca establecer un nuevo marco para el uso del agua en la generación hidroeléctrica y el cálculo de regalías para las grandes represas del Comahue. Este movimiento representa un cambio histórico, ya que durante décadas las empresas operadoras de estas infraestructuras hídricas, como las del Limay y Neuquén, no abonaron a las provincias por la utilización de este recurso vital. El esquema anterior, previo a la reforma constitucional de 1994, está a punto de concluir, marcando una nueva era en la relación entre el Estado provincial y las concesionarias.

La iniciativa propone una retribución equivalente al 1% de la facturación total por la venta de energía al Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). Este porcentaje podría incrementarse hasta el 2% si la provincia de Neuquén no logra una compensación equivalente por el recurso hídrico compartido, una cláusula que subraya la interdependencia regional. Además, el proyecto obliga a las concesionarias a financiar las obras de seguridad hídrica que determine la Autoridad Interjurisdiccional de Cuencas (AIC), garantizando así la inversión en infraestructura crítica. Las represas de Alicurá, El Chocón y Piedra del Águila son las principales afectadas por estas nuevas regulaciones.

El fundamento jurídico de esta propuesta se cimenta en la ley provincial 5707, sancionada en marzo de 2024, que ratificó el dominio originario de Río Negro sobre sus recursos naturales. Esta norma exigió una concesión de uso del agua otorgada por ley provincial antes de cualquier concesión hidroeléctrica de la Nación. Adicionalmente, la ley plantea la incompatibilidad de artículos clave de la ley nacional 15.336 con la Constitución Nacional (artículos 1, 121 y 124), estableciendo el núcleo del reclamo provincial y fijando un tope del 5% de lo facturado al MEM para la retribución por el agua.

El camino hacia el cobro efectivo de estas retribuciones fue habilitado por el Decreto 564/2025 del Poder Ejecutivo nacional. Este decreto, emitido en agosto pasado, prorrogó las concesiones salientes y estableció la obligación de abonar a Río Negro y Neuquén las regalías acordadas con la Secretaría de Energía, siempre respetando la proporcionalidad de los ingresos. Sobre esta base se negoció el esquema que ahora se materializa en una ley provincial, consolidando un 'rediseño concesional' que comenzó con la privatización nacional y que busca una distribución más equitativa de los beneficios generados por el recurso hídrico.