Energía adelanta a 2029 la libertad de contratos para centrales existentes y abre el mercado mayorista mensualmente
La Secretaría de Energía de un país latinoamericano aceleró la liberalización del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) al adelantar un año, a enero de 2029, la libertad tota
La Secretaría de Energía de un país latinoamericano ha anunciado una significativa aceleración en la normalización del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), adelantando a enero de 2029 la libertad plena para que las centrales de generación existentes puedan contratar su producción, un año antes de lo previsto originalmente. Esta decisión, plasmada en la Resolución 293/2026, marca un hito en la flexibilización de las operaciones y la competencia en el sector eléctrico.
La nueva normativa introduce modificaciones sustanciales en las Reglas para la Normalización del MEM, centrándose en tres pilares clave. En primer lugar, se simplifica y agiliza el proceso de ingreso para los grandes usuarios al mercado. En segundo término, se incrementa notablemente la cantidad de energía que las centrales ya operativas pueden comprometer a través de contratos. Finalmente, se amplía el margen de competencia para los generadores térmicos que gestionan su propio combustible.
Uno de los cambios más relevantes se observa en el Mercado a Término, específicamente para las centrales térmicas e hidroeléctricas al spot que ingresaron al sistema antes del 1 de enero de 2025 y que no están comprendidas en la Generación Asignada. Estas instalaciones, que hasta ahora vendían la mayor parte de su energía en el mercado spot con remuneraciones fijadas por la Secretaría, tenían un tope del 20% de su producción mensual para contratos con grandes usuarios.
El cronograma de incremento de este tope es progresivo y ambicioso. Se mantendrá en 20% hasta el 31 de marzo de 2027. A partir del 1 de abril de 2027, el límite se eleva al 60%. Posteriormente, desde el 1 de abril de 2028, alcanzará el 80%, para finalmente desaparecer el 1 de enero de 2029. Este adelanto de un año respecto a la previsión inicial de la Resolución 400/2025 busca ofrecer una mayor disponibilidad de oferta en los meses de mayor consumo, especialmente antes del invierno.
La cartera energética, bajo la dirección de María Carmen Tettamanti, subraya que estas medidas no solo buscan una mayor eficiencia y competencia, sino también garantizar la previsibilidad en el abastecimiento. La normativa mantiene la posibilidad de que estas centrales contraten la totalidad de su producción mensual con distribuidoras para cubrir la Demanda Estacionalizada No Cubierta y extiende a todas las hidroeléctricas la opción de abastecer a los grandes usuarios de distribución (GUDI) mediante contratos con distribuidoras.
Estas reformas apuntan a un mercado eléctrico más dinámico y con mayores opciones para los actores, desde los generadores hasta los grandes usuarios. Al permitir una mayor proporción de contratos a término, se espera brindar mayor estabilidad a los ingresos de las centrales y fomentar inversiones, a la vez que se otorga más flexibilidad a los consumidores de gran escala para gestionar su demanda energética.